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Publicado: 31 de Marzo de 2022
Desde enero de 2022, el valor de referencia catastral se ha actualizado para acercarse más a los valores de mercado. Para calcular dicho valor, el Ministerio de Hacienda utiliza una media del precio de los inmuebles por zonas, teniendo en cuenta la superficie edificada y el coeficiente de depreciación.
No obstante, este calculo se obtiene sin haberse realizado una visita al inmueble y sin comprobar sus características reales de conservación, calidades, usos, etc. Por lo tanto, puede ocurrir que esta actualización automática no se corresponda con la realidad.
Si este es tu caso, puedes recurrir, dentro de plazo, alegando que el valor emitido por el catastro no se corresponde con la realidad del inmueble. Pero para poder recurrir, será necesaria una tasación oficial con valor fiscal, emitida por un tasador oficial.
Estos son los puntos que debe contener la tasación para poder recurrir:
- Comprobación “in situ” de la superficie del inmueble.
- Verificación del uso del inmueble.
- Corroboración del estado y de la antigüedad del inmueble.
- Emisión del valor real de mercado (de acuerdo con los anteriores puntos).
En OTV Peritaciones contamos con un equipo de peritos profesionales para realizar este tipo de tasaciones con el máximo rigor a fin de poder recurrir el valor de referencia catastral en cuestión.
OTV Peritaciones, 20 años contigo.